Derechos, animales y animaladas.

En coherencia con mi idea de la democracia, soy de quienes creen que una ILP que reúne las firmas suficientes debe ser debatida en las Cortes, pues no es otra cosa que la sociedad instando a los políticos a la toma de posición sobre un debate social o cuestión que preocupa los ciudadanos.  Por eso estoy y estaba de acuerdo con la admisión a trámite de la ILP a favor de la dación en pago (la cual apoyo), y a favor también de la tramitación de la ILP que instan al gobierno a declarar la tauromaquia Bien de Interés Cultural (iniciativa a la que me opongo de manera radical). Hasta aquí, nada que objetar a la decisión de UPyD. Pero al escuchar el discurso del diputado Toni Cantó, no pude más que sentir repugnancia e indignación. Un sentimiento que crece al paso de las horas cuando veo que, ante la oleada de críticas, hay quienes intentan dar la vuelta a su discurso pretendiendo justificar lo inadmisible.

El discurso del señor Cantó  se centró en una pregunta: ¿tienen o no tienen los animales derechos? Y argumenta, citando a Fernando Savater,  <<En principio, y estrictamente hablando, los animales no tendrían derechos a la par que tampoco obligaciones ya que al carecer de libre albedrío y capacidad de decisión, no podríamos considerarlos sujetos éticos capaces de discernir entre el bien y el mal>>.  Continua afirmando que <<la capacidad de sufrimiento de y la percepción de dolor establece una continua entre animales racionales y animales irracionales (…) que nos obligaría a considerar sus padecimientos y a velar por su bienestar>>.

Soltadas estas píldoras, que saben a aquello de tirar la piedra y esconder la mano. Se despacha a gusto con quienes consideran que son unos hipócritas porque, según él, están en contra de la tauromaquia pero no dicen nada del sufrimiento de otros animales que a diario sufren en los mataderos.

Por último concluía, en otro alarde de retórica, que<<ni los toros ni el resto de los animales tienen dos de los que son nuestros derechos fundamentales, el derecho a la libertad (…) y el derecho a la vida>>.

Cada cual puede tener el filósofo de cabecera que se le antoje. Él prefiere a Savater, bien, está en su derecho; que se lo quede. Citemos a Schopenhauer <<La supuesta ausencia de derechos de animales, la zoantropía que nuestra actuación hacia ellos no tiene relevancia moral o como se dice en el lenguaje ético no hay deber frente a la criatura es una de las barbaridades de occidente cuyo origen está en el Judaísmo>>.  Jeremy Bentham, filósofo y abogado, considerado el padre del utilitarismo, también postuló que los animales, por su capacidad de sentir agonía y sufrimiento,  con independencia de no tener la capacidad de diferenciar entre bien y mal deben tener derechos fundamentales como el derecho a la vida y a su seguridad, y a estar libre de la tortura y de la esclavitud. Pero mucho antes de estas disquisiciones filosóficas, ya se habían aprobado leyes a favor de los derechos de los animales en toda Europa, a destacar la ley irlandesa de 1635 o las aprobadas bajo el gobierno de Cromwell entre 1653 y 1659 en Inglaterra. Leyes que, por cierto, no nacieron de la nada, pues ya en la compilación de Justiniano I se reconocía el derecho de los animales. Textualmente <<El derecho natural es aquello que es dado a cada ser vivo y que no es propio del ser humano>>.

Encontramos aquí el abismo que separa ambos pensamientos, a favor y en contra de los derechos de los animales: la aceptación o no derecho natural o iusnaturalismo. Sin duda, esta es una escuela en declive, se imponen las visiones positivistas y contractuales. De hecho, el propio discurso de Cantó nos lo indica: no tienen derecho porque no pueden tener obligaciones, no podemos tener contrato con ellos, no forman parte del contrato social. ¿Pero es esta una posición sostenible?

Reducir el sujeto de Derecho a únicamente aquel que puede ofrecer algún tipo de reciprocidad supone considerar los derechos como bienes jurídicos adquiribles en tanto la capacidad de responder a una obligación inherente al propio derecho. Posición que considero tan injusta como malintencionada. Pues trata de confundir lo que es – o puede ser considerado – un derecho de ciudadanía, el cual sí debe estar resuelto en virtud del contrato social, de un derecho fundamental, que nace de la propia naturaleza del ser vivo (no exclusivamente el ser humano), el cual estaba ya recogido en el Corpus iuris civilis del siglo VI.

El debate, es cierto, lleva milenios abierto, y no pretendo ser yo quien le ponga fecha de caducidad. Soy iusnaturalista, y para mi, con Tomás de Aquino, <<ley que no se ajusta a la ley natural, no es ley, sino corrupción de la ley>>.  Y si estoy equivocado, prefiero responder de mi error que aceptar que el Derecho se base en la capacidad contractual de las partes.

Inadmisible es también su ataque contra los antitaurinos. Considerar que son hipócritas porque no cuestionan también otra formas de crueldad hacia los animales es un argumento ad hominem que demuestra la falta argumental de quien lo usa y su desconocimiento de la lucha animalista. De hecho, los veganos son la columna vertebral de este movimiento, y tanto reivindican el fin de los espectáculos taurinos como el uso de los animales en circos, zoos, experimentación y consumo humano. En cualquier caso, incluso asumiendo la contradicción – hipocresía se quiere – de algunos antitaurinos, esto no resta ningún valor a sus argumentos. La verdad no depende de quien la defienda. Si luce el sol sobre nuestras cabezas es de día, aunque quien nos lo diga sea un embustero patológico, que no es el caso, pues la solvencia intelectual y moral de la mayoría de los animalistas está fuera de toda duda.

Por último, el señor Cantó culmina su intervención asegurando que los animales no tienen derechos de vida ni libertad. Recordemos que en 1977, la ONU aprobó la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, en cuyo artículo 1 se lee: <<Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia>>;  en su artículo 4 a)<<Todo animal perteneciente a una especia salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse>>; en su artículo 4 b) <<Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho>> . Estamos hablando de algo que se llama Derecho Internacional, el cual, el señor Cantó, en su intervención, está poniendo en duda. Parece que no ve más que la paja en el ojo ajeno, cuando acusa de hipócrita a los antitaurinos, mientras que él coge del Derecho Internacional sólo lo que le interesa.

 

  1. manospal
    16/02/2013 a las 9:00

    Bien planteado el artículo, se merece el tirón de orejas «el toni» hay que plantear los debates más seriamente.
    En mi opinión sin embargo el problema más que en el maltrato animal que siempre es deplorable había que plantearlo como la insondable perdurabilidad de la tradición.
    La tradición la fija la costumbre y nos acostumbramos a ver cosas como normales porque se han repetido en el pasado infinidad de veces con más o menos fortuna.
    Si no actualizamos un poco las tradiciones corremos el riesgo de que emboten nuestra sensibilidad hacia el sufrimiento de un animal que sea como sea y opine lo que opine el mismo está vivo.
    Si la tradición no nos aporta valores humanos hay que buscarse otra. No he hablado nunca de prohibirla solo de promocionar otras, la mayoría es la que debe decidir lo que hacemos con ella.
    No necesitamos escenificar nuestra superioridad de especie en ningún escenario de la forma que sea. Hay que demostrar que somos superiores respetando a todos los seres que no sabemos cuándo nos puedan ser necesarios ni para qué problema futuro.

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